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Los veterinarios defienden el derecho a cobrar las guardias localizadas

La plataforma Veterinaria Digna de Barcelona considera que, en virtud de una directiva y una sentencia europea, el tiempo de guardia localizada de los veterinarios asalariados o autónomos debe contar como tiempo de trabajo y, por tanto, incluirse en el salario

Imagen: Clínicas Roadvet.
Imagen: Clínicas Roadvet.

Los veterinarios defienden el derecho a cobrar las guardias localizadas

La plataforma Veterinaria Digna de Barcelona considera que, en virtud de una directiva y una sentencia europea, el tiempo de guardia localizada de los veterinarios asalariados o autónomos debe contar como tiempo de trabajo y, por tanto, incluirse en el salario

Ángel Espínola - 18-07-2018 - 14:00 H - min.

Según una encuesta realizada en 2013 por la plataforma Veterinaria Digna de Barcelona, entre el 59% y el 64% de los veterinarios clínicos asalariados o autónomos realizaban turnos de guardias en sus trabajos, y muchos de ellos con una disponibilidad telefónica total. Sin embargo, en torno al 80% de los contratos no reflejaban esas guardias.

Ahora, una guía realizada por la misma plataforma sobre los derechos laborales de los veterinarios estima que, en virtud de las directivas europeas, las guardias localizadas con móvil sí han de contar como tiempo de trabajo y, por tanto, han de cobrarse.

Y es que, aunque la legislación en este apartado es confusa, y este tipo de guardias no está recogida ni en el Estatuto de los Trabajadores sin en el único convenio sectorial que hay en el ámbito veterinario (el de Alicante), los autores de esta guía consideran que, teniendo en cuenta una directiva europea de 2003, los veterinarios tienen que diferenciar dos situaciones de “tiempo de trabajo”.

Por un lado, el “trabajo efectivo” que realiza el clínico durante su guardia “y que cuenta desde que sales de tu casa hasta que vuelves (incluye el tiempo de traslado)”, y por otro el “trabajo no efectivo” que es el tiempo que el veterinario está disponible para la empresa pero que no está efectuando el trabajo, “esto es el tiempo que estás de guardia con móvil pero no estás realizando la urgencia, ni en el centro de trabajo, ni trasladándote hasta él”, indica la guía.

En este sentido, la legislación en cuestión concreta que el tiempo que se invierte en realizar la guardia y el tiempo de traslado, han de contar como jornada efectiva, si bien, en lo que respecta a la guardia localizada, la situación sigue siendo ambigua en lo referente al tiempo de disponibilidad. “¿Esto es tiempo de trabajo? ¿Y tiempo de descanso?”, se preguntan los veterinarios.

Ante ello, la plataforma catalana alude a las sentencias europeas, y especialmente a la dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en febrero de 2018, donde se establecía que el tiempo que un trabajador está de guardia, teniendo que estar disponible para su actuación en un periodo breve de tiempo para ejercer su trabajo, constituye tiempo de trabajo y por tanto ha de contabilizar como tal a nivel salarial y de descansos.

A raíz de ello, los veterinarios consideran que se encuentran en una situación similar cuando realizan una guardia localizada y que por tanto, también han de cobrar por este tiempo (aunque la sentencia especifica que son los Estados los que han de legislar sobre esta materia).

En todo caso, los autores del informe recomiendan que, dada la actual situación, los veterinarios registren y adquieran pruebas de la realización de las guardias y tengan en cuenta que en caso de querer denunciar irregularidades “sería interesante alegar la realización de este trabajo incumpliendo la legalidad, como cuando no se respetan los descansos o no se tiene en cuenta la nocturnidad”, indica el texto, difundido entre numerosos colectivos de veterinarios clínicos españoles.

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