El tribunal desestima el recurso del Colegio de Veterinarios de A Coruña contra el decreto que obliga a las clínicas a vincularse con una farmacia y limita el almacenamiento y el uso de estos fármacos
La Justicia avala la regulación de Galicia para el suministro de medicamentos hospitalarios a los veterinarios
El tribunal desestima el recurso del Colegio de Veterinarios de A Coruña contra el decreto que obliga a las clínicas a vincularse con una farmacia y limita el almacenamiento y el uso de estos fármacos
Redacción -
24-07-2026 - 09:00 H -
min.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso presentado por el Colegio Oficial de Veterinarios de A Coruña contra el Decreto 30/2024, que regula el suministro a los profesionales veterinarios de medicamentos de uso humano de uso exclusivamente hospitalario.
El recurso cuestionaba, entre otras medidas, la obligación de que las clínicas y hospitales veterinarios estén vinculados con una oficina de farmacia de la misma provincia, la prohibición de mantener determinadas existencias, las condiciones exigidas a los centros y el procedimiento de autorización previsto por la Xunta.
El Colegio sostenía que la vinculación con una única farmacia podía limitar la libre competencia y retrasar el acceso a la medicación, especialmente en situaciones que requiriesen una actuación veterinaria inmediata. También defendía la necesidad de mantener medicamentos almacenados para atender casos urgentes.
Sin embargo, el TSXG concluye que la entidad recurrente no ha acreditado que estas condiciones vulneren una norma de rango superior ni que provoquen los perjuicios alegados para la atención de los animales.
La Sala subraya que el decreto no regula los medicamentos veterinarios habituales ni, con carácter general, todos los medicamentos humanos, sino únicamente los de uso humano de uso exclusivamente hospitalario que pueden emplearse excepcionalmente en animales cuando existe un vacío terapéutico.
En este sentido, el tribunal recuerda que estos medicamentos exigen una especial vigilancia, supervisión y control incluso cuando se emplean en personas, por lo que considera justificado que su utilización en animales esté sometida también a requisitos específicos.
El TSXG recuerda que la aprobación de esta regulación no fue únicamente una decisión discrecional de la Xunta. La normativa estatal obliga a las comunidades autónomas a establecer los procedimientos y controles para suministrar estos medicamentos a los profesionales veterinarios. Además, una sentencia anterior del propio tribunal había condenado a la Consellería de Sanidade a aprobar dicha regulación.
La Sala también menciona que entre 2016 y 2021 el Colegio de Veterinarios de Pontevedra había recibido al menos 17 quejas de profesionales a los que determinadas farmacias habían denegado el suministro de medicamentos hospitalarios.
Por ello, el tribunal considera que el decreto cubre una laguna normativa y permite el acceso veterinario a estos fármacos excepcionales, conciliándolo con las garantías de salud pública, trazabilidad y protección medioambiental.
La sentencia sigue, además, el criterio adoptado por el TSXG en mayo de 2025, cuando desestimó una demanda equivalente presentada por el Colegio Oficial de Veterinarios de Lugo.