Se garantiza la participación en el Consejo de las organizaciones profesionales y de protección de los animales más representativas, incluyendo biólogos y veterinarios
Los veterinarios tendrán peso en el Consejo Estatal de Protección Animal y el Comité Científico y Técnico para la protección y derechos de los animales
Se garantiza la participación en el Consejo de las organizaciones profesionales y de protección de los animales más representativas, incluyendo biólogos y veterinarios
Jorge Jiménez -
02-06-2025 - 09:03 H - min.
Desde el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha publicado la Orden PJC/549/2025, de 29 de mayo, por la que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Estatal de Protección Animal y del Comité Científico y Técnico para la protección y derechos de los animales.
En este sentido, el Consejo es un órgano de naturaleza interministerial e interterritorial y de carácter consultivo y de cooperación en el ámbito de la protección, derechos y bienestar de los animales de compañía y silvestres en cautividad, adscrito al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Por su parte, el Comité es un órgano consultivo y de asesoramiento, dependiente del Consejo.
“La composición de estos órganos deberá atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas, y garantizándose, en todo caso, la participación en el Consejo de las organizaciones profesionales y de protección de los animales más representativas, incluyendo biólogos y veterinarios”, destacan en la orden.
Además, se especifica que la orden se trata de una propuesta conjunta del ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la ministra de Sanidad y la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con la aprobación previa del ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado.
En cuanto a los vocales del Consejo, se especifica que habrá un vocal en representación del ámbito universitario veterinario, a propuesta del Consejo de Universidades; una persona en representación del Consejo General de Colegios de Veterinarios de España; así como una persona en representación de las organizaciones profesionales de veterinarios clínicos especialistas en animales de compañía y silvestres en cautividad.
Asimismo, se indica que el Consejo podrá invitar a sus reuniones, con voz, pero sin voto, a cualquier persona experta en el ámbito de la protección animal, de la conservación de la biodiversidad y en cuestiones sanitarias o veterinarias, o en representación de alguna institución que se considere oportuno, y en función de los asuntos que se trate.
Por último, en la orden se menciona la estructura de la Comisión Permanente, en la que también estará representada la veterinaria. Y es que, tal y como se indica, habrá dos vocales representando a las asociaciones y colegios profesionales relacionados con la veterinaria y la biología.