La resistencia antimicrobiana, el alto consumo de antibióticos en animales y la protección de la salud pública justifican las condiciones impuestas, según el Ejecutivo
El Gobierno defiende las restricciones al uso de medicamentos veterinarios y no prevé cambios normativos
La resistencia antimicrobiana, el alto consumo de antibióticos en animales y la protección de la salud pública justifican las condiciones impuestas, según el Ejecutivo
Francisco Ramón López -
12-05-2025 - 09:58 H - min.
Recientemente, el grupo parlamentario de Vox planteó una pregunta escrita al Congreso en la que solicitaba al Gobierno explicaciones sobre las condiciones impuestas a los veterinarios para la prescripción de medicamentos, especialmente de antibióticos.
En respuesta, el Gobierno ha defendido la normativa vigente sobre el uso de medicamentos veterinarios, afirmando que la legislación actual es necesaria para proteger la salud pública y negando que restrinja el juicio clínico de los profesionales veterinarios.
“La resistencia a los antimicrobianos es uno de los principales problemas sanitarios existentes en la actualidad, reconocido a nivel nacional, comunitario e internacional”, afirma el Gobierno. Apoyándose en datos de Naciones Unidas, alerta de que “en 2019 hubo 4,95 millones de muertes asociadas a infecciones bacterianas farmacorresistentes, de las cuales 1,27 millones fueron debidas directamente a la resistencia bacteriana”. De no tomarse medidas, se proyecta que “la resistencia a los antimicrobianos podría tener consecuencias devastadoras: 38,5 millones de muertes entre 2025 y 2050”.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha clasificado la resistencia antimicrobiana como “una de las 10 principales amenazas de salud pública a las que se enfrenta la humanidad”, recuerda el texto. Además, el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC) estima que más de 35.000 personas mueren cada año en la UE, Islandia y Noruega por infecciones resistentes a los antibióticos, generando un coste anual de 1.100 millones de euros, según la OCDE.
En el ámbito nacional, el Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN) de 2022 calculó “unas 4.000 muertes anuales”, con un impacto económico de “150 millones de euros”.
La lucha contra la resistencia a los antimicrobianos —subraya el Gobierno— ha sido una prioridad de la UE desde 2011, con un Plan Director que impulsó la creación de planes nacionales. La estrategia vigente se enmarca en el enfoque ‘One Health’, que busca “garantizar un enfoque holístico a la hora de hacer frente a las amenazas para la salud de los animales, los seres humanos, las plantas y su entorno”.
En este modelo, los veterinarios tienen un papel clave, junto a médicos y otros profesionales sanitarios. La respuesta destaca que el problema “no es solo de salud pública, también lo es de sanidad animal”, y añade que “cuantos más antibióticos se consumen, mayores son los porcentajes de resistencia”.
El Gobierno insiste en que las bacterias “se comparten entre personas y animales, no sólo a través de los alimentos, sino también a través de otras vías, como puede ser el contacto directo con animales, o incluso directamente desde el medio ambiente”. En particular, alerta de que “las mascotas conviven en estrecho contacto con las personas y estas interacciones aumentan la posibilidad de transmisión de bacterias resistentes en ambos sentidos”.
Según los informes ESVAC, España es uno de los países con mayor venta de antibióticos para uso veterinario. En 2022, ocupaba el cuarto lugar, “sólo por detrás de Chipre, Polonia e Italia, y estando muy por encima de la media europea”.
En este contexto, se han aplicado condiciones de uso adicionales siguiendo la categorización de la Agencia Europea del Medicamento (EMA), que establece distintos niveles de riesgo en el uso de antibióticos. La norma busca “priorizar el uso de aquellos antibióticos que suponen un menor riesgo de aparición de resistencias desde el punto de vista de salud pública cuando son usados en animales”, y restringe “el uso de aquellos que tienen una importancia trascendental en la medicina humana”.
Uno de los puntos centrales de la respuesta se refiere a las condiciones para prescribir antibióticos del grupo B (de uso restringido). “El uso debe basarse en los resultados de las pruebas de susceptibilidad a los antibióticos, siempre que sea posible”, señala. En este sentido, el Ejecutivo aclara que no es necesario realizar un antibiograma en todos los casos. Cita el anexo I del Real Decreto 666/2023, que establece que:
“Su uso debe basarse en la interpretación técnica por parte del veterinario de la información aportada por la identificación etiológica del agente patógeno y su sensibilidad al antibiótico o cualquier otra prueba diagnóstica equivalente reciente”.
También se señala que “vale con que sea una prueba reciente, no para cada caso”, y que “no sería obligatorio realizar siempre un antibiograma”.
En el caso de los tratamientos metafilácticos —cuando se trata a un grupo de animales tras detectar una enfermedad en parte del colectivo—, el artículo 33.2 exige un diagnóstico laboratorial reciente de etiología o, en su caso, de sensibilidad. Sin embargo, se indica que “normalmente, no se usa en animales de compañía, siendo su uso habitual en animales de producción”, y que “no se considera necesario realizarla en todos los casos” si ya existen pruebas anteriores relacionadas.
El Gobierno insiste en que “en ambos casos se pide que sea el profesional veterinario el que haga una interpretación técnica de las pruebas realizadas”, y que “prevalece su criterio clínico frente al informe del laboratorio”. Además, se contempla el tratamiento de urgencia. El artículo 32.2 del Real Decreto y el anexo I permiten actuar antes de disponer del resultado de las pruebas, por lo que “no se pone en riesgo ningún procedimiento sanitario ni la salud de los animales”.
En este sentido, subraya que “los profesionales veterinarios disponen de un amplio catálogo de medicamentos veterinarios comercializados con el que están familiarizados en su día a día, que les deja suficiente margen de elección entre los distintos grupos de riesgo y cuentan además con otras posibilidades en normativa que flexibilizan aún más la prescripción veterinaria, como los artículos 112 y 113 del Reglamento 2019/6 y los artículos 32.7 y 34 del Real Decreto 666/2023”.
Añade que “esta justificación de la prescripción y uso de medicamentos es conveniente que se refleje en la ficha clínica del animal”, y que el veterinario debe conjugar “su conocimiento, su experiencia y juicio clínico, siendo el antibiograma una herramienta no obligatoria en todos los casos, pero que apoya significativamente su diagnóstico”.
La respuesta también aborda la plataforma PRESVET de prescripción electrónica. El Real Decreto fue sometido a consulta pública y, según el Gobierno, “no se recibió ninguna [alegación] sobre PRESVET”. Además, el Reglamento (UE) 2019/6 recibió el apoyo de la Federación de Veterinarios de Europa (FVE).
Frente a las alegaciones del sector que pedían que la categorización EMA fuera meramente orientativa, el Gobierno responde que, debido al alto consumo, “fue necesario establecer condiciones de uso adicionales en el empleo de antibióticos, debiendo seguir la categorización de riesgo de antibióticos establecida por la EMA”.
La respuesta concluye que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación “analiza periódicamente la aplicación de la normativa […] en aras de plantear eventuales modificaciones”. Sin embargo, también aclara que “en estos momentos no se plantea una modificación, puesto que no concurren las circunstancias”. El Ejecutivo matiza que “este proceso debe realizarse en función de las incidencias acaecidas en su aplicación, siempre dentro del marco normativo”, y que solo podrá abordarse “una vez que ha transcurrido un período suficiente que permita formar un juicio al efecto”.
Cierra asegurando que cualquier revisión futura se haría con la participación de los ministerios implicados y “la colaboración necesaria de la Organización Colegial Veterinaria u otras entidades reconocidas que agrupen el sentir o la opinión de la sociedad civil”.