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OPINIÓN

El reconocimiento de los derechos de los animales

El reconocimiento de los derechos de los animales

Rosario Monter - 15-03-2018 - 10:00 H - min.

Coordinadora de la Sección de Derecho Animal del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga

El reconocimiento de Derechos a los animales es un fenómeno relativamente reciente.

Debido a una mayor concienciación y preocupación social por el trato ético hacia otros seres vivos, distintos a los de nuestra especie, se ha elaborado en los últimos años, numerosa normativa, que reconoce dichos derechos.

Como punto de partida, la “Declaración Universal de los Derechos de los Animales”, (año 1.977), es el primer texto internacional que de forma contundente declara que todos los animales poseen derechos.

Posteriormente a dicha Declaración, se han elaborado distintas normas europeas sobre la base de los avances científicos sobre la conciencia animal, que reconocen a los animales como seres sensibles, dotados de sensaciones físicas y psíquicas complejas, con inteligencia emocional y con capacidad de sufrimiento. (“Tratado de Lisboa”, 2007, instaba a los Estados miembros a tener plenamente en cuenta las exigencias en materias de bienestar de los animales como seres sensibles.)

Casos como el “Habeas Corpus” de la Chimpancé Cecilia, que malvivía en el Zoológico de Mendoza, (Argentina), y que dió lugar a una Sentencia histórica y sin precedentes, donde se reconoce a Cecilia como sujeto de derecho no humano, y se ordenó su inmediato traslado a un Santuario. En igual sentido, recientemente el caso del Oso “Chucho”, en Colombia.

En nuestro país,  gracias a los distintos colectivos defensores de los derechos de los animales, y en muchos casos, a la presión social, se están consiguiendo avances impensables hace tan sólo unos años.

En el ámbito penal, la reciente reforma del Código Penal del año 2015, reformó el Artículo 337 del delito de maltrato animal, ampliando los animales objeto de protección penal,  tipificando como delito la explotación sexual de animales, agravando las penas de prisión e inhabilitación, e incorporando la pena de inhabilitación para la tenencia de animales. También, como novedad se tipifica el abandono de animales como delito (nuevo Art 337 Bis Código Penal).

En los últimos dos años, se han producido importantes avances en el cambio del estatuto jurídico de los animales, tales como la ratificación por España del “ Convenio Europeo de Animales de Compañía” que prohíbe, entre otras medidas, el corte de la cola a los perros por razones estéticas, y la reciente aprobación por unanimidad de una proposición no de ley que instaba al Gobierno a promover las reformas legales necesarias para crear una categoría especial en el Código Civil donde se les definía como “seres vivos dotados de sensibilidad”, ( y no “cosas”), así como para que no puedan ser objeto de embargo en ningún procedimiento judicial, y que se convirtió en una proposición de ley, que cambiará el régimen jurídico de los animales, y modificará el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

A NIVEL LOCAL Y AUTONÓMICO

A nivel autonómico, en el año 2017, han entrado en vigor tres nuevas leyes de protección de los animales, en Madrid, Galicia y Baleares. La ley madrileña aboga por el sacrificio cero, que debe ir precedido de medidas para evitar el abandono y fomentar la adopción y tenencia responsable.

A nivel local, muchos Ayuntamientos han ido mejorando sus Ordenanzas Municipales de Protección Animal, adaptándose a las nuevas sensibilidades y al reconocimiento de los derechos de los animales, tales como la protección y reconocimiento del gato feral o callejero, el control ético de las colonias de gatos, la prohibición de animales en ferias, la utilización de animales salvajes en los circos, entre otras.

Sin embargo, pese a las loables reformas, entendemos que queda mucho camino por recorrer para la efectiva protección y reconocimiento de los derechos de los animales.

En cuanto al delito de maltrato animal, la Sección de Derecho y Bienestar Animal, que tengo el honor de coordinar, del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga, con el Informe del Fiscal de Medio Ambiente de Málaga, ha propuesto la reforma de dicho delito para crear un subtipo agravado, en casos de especial gravedad.

Igualmente, entendemos necesario la puesta en marcha de otras muchas medidas, destacando la elaboración de una Ley marco estatal de protección animal, la creación de un Registro de Maltratadores de animales, Unidades específicas de protección animal en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y fomentar la educación en la empatía hacia los animales, para que las futuras generaciones puedan sentirse orgullosas de construir una sociedad ética y justa hacia los animales no humanos, en el reconocimiento de sus derechos, como seres vivos dotados de sensibilidad.

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