DOMINGO, 6 de septiembre 2026

DOM, 6/9/2026

ANIMALADAS

Condenado por maltrato animal tras la omisión prolongada de cuidados veterinarios a una perra con leishmaniosis

La Justicia confirma una condena por maltrato animal al considerar acreditado que el propietario dejó de proporcionar los cuidados veterinarios necesarios a una perra enferma de leishmaniosis, que terminó en grave estado de deterioro y posteriormente fue arrojada a un contenedor

La perra, de raza setter inglés, padecía leishmaniosis y requería cuidados veterinarios continuados.
La perra, de raza setter inglés, padecía leishmaniosis y requería cuidados veterinarios continuados.

Condenado por maltrato animal tras la omisión prolongada de cuidados veterinarios a una perra con leishmaniosis

La Justicia confirma una condena por maltrato animal al considerar acreditado que el propietario dejó de proporcionar los cuidados veterinarios necesarios a una perra enferma de leishmaniosis, que terminó en grave estado de deterioro y posteriormente fue arrojada a un contenedor

La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a seis meses de prisión por un delito de maltrato animal al propietario de una perra con leishmaniosis que, según los hechos declarados probados, dejó de recibir los cuidados veterinarios necesarios hasta alcanzar un grave estado de deterioro.

La resolución, dictada el 3 de julio de 2026 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares, resuelve el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Palma.

El caso se refiere a una perra de raza setter inglés a la que en 2018 se le había diagnosticado leishmaniosis. La sentencia declara probado que, durante 2021, su propietario, pese a conocer que el animal padecía la enfermedad y que requería tratamiento veterinario para mantener un correcto estado de salud, dejó de proporcionárselo.

Como consecuencia de esa falta de atención, el animal terminó en un estado de suciedad y desnutrición, con las costillas visibles y palpables, atrofia muscular, descamación y múltiples heridas en distintas partes del cuerpo. También presentaba el ojo derecho completamente ulcerado, lo que le había provocado la pérdida de visión en ese ojo.

La resolución recoge además que el 12 de marzo de 2021 el propietario, conociendo el estado de la perra y el riesgo de que pudiera morir si no recibía las atenciones necesarias, la introdujo en un contenedor de basura y la dejó allí.

El animal fue localizado con vida al día siguiente por trabajadores del servicio municipal de recogida de residuos, en un estado de extrema suciedad y desnutrición y con múltiples heridas. Los operarios avisaron a la Policía Local y, posteriormente, la perra fue atendida por los servicios veterinarios.

LOS CUIDADOS NO SE LIMITAN A ADMINISTRAR TRATAMIENTOS PUNTUALES

Uno de los aspectos de mayor interés veterinario de la sentencia está en la valoración que realiza la Audiencia sobre las necesidades asistenciales del animal. La defensa alegó que el propietario había proporcionado tratamiento para la enfermedad y cuestionó que existiera base suficiente para mantener la condena por maltrato animal.

Sin embargo, la Audiencia señala que el juzgado de instancia no otorgó credibilidad a las manifestaciones del acusado ni a las de los testigos de la defensa sobre los cuidados proporcionados, al considerar que resultaban incompatibles con el estado físico en el que fue encontrada la perra.

La sentencia destaca además la declaración del veterinario, según la cual, en la situación de desamparo en la que se encontraba el animal, existía un serio riesgo para su vida. La Sala añade que, aunque el propietario había llevado a la perra al veterinario en alguna ocasión anterior para tratar su enfermedad, esa asistencia había tenido lugar mucho tiempo antes del abandono.

En este sentido, la Audiencia subraya que los cuidados requeridos por el animal no se reducían a la administración puntual de tratamientos, sino que exigían también pruebas diagnósticas, seguimientos y revisiones periódicas. La realización de esas actuaciones no quedó acreditada por el acusado.

EL ABANDONO FUE CONSIDERADO PARTE DEL PROPIO MALTRATO

La Audiencia estima parcialmente el recurso, aunque no porque descarte el maltrato animal. La sentencia de primera instancia había condenado al acusado por dos delitos distintos: uno de maltrato animal y otro de abandono de animal doméstico. Por el primero se le impusieron seis meses de prisión y tres años de inhabilitación para actividades relacionadas con animales y para su tenencia; por el segundo, seis meses de multa y un año adicional de inhabilitación.

La Audiencia considera, sin embargo, que en este caso no deben castigarse separadamente ambos comportamientos. La Sala describe la conducta como una combinación de una “omisión prolongada de los cuidados veterinarios necesarios”, que provocó el grave deterioro del animal, y un acto final consistente en arrojarlo a un contenedor de basura con evidente riesgo para su vida.

Según el tribunal, ese abandono no supuso simplemente dejar de hacerse cargo de la perra, sino que, incluso bajo la forma de dolo eventual, aparecía orientado a causarle la muerte.

La resolución concluye así que no se trató de “un maltrato seguido de abandono”, sino de un maltrato ejecutado mediante el abandono como medio comisivo. Por ello, el delito de abandono pierde en este caso autonomía y queda absorbido por el delito de maltrato. La Audiencia entiende que mantener dos condenas independientes por esos mismos hechos vulneraría el principio non bis in idem.

La sentencia mantiene la pena de seis meses de prisión por maltrato animal y fija finalmente una inhabilitación de dos años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales y para la tenencia de animales.

También confirma la pérdida de la titularidad de la perra y su atribución definitiva a una entidad protectora. No obstante, la resolución no es firme, ya que contra ella cabe recurso de casación en el plazo de cinco días.

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